Diferencias entre el IPREM y el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
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Las nuevas ayudas públicas a la contratación impulsadas por la Junta de Extremadura y la Comunidad de Madrid permitirán la contratación de personas desempleadas. Entre la modalidad de contratos permitidos se encuentran los Contratos de Formación en Alternancia.
La Junta de Extremadura y la Comunidad de Madrid han puesto en marcha una línea de subvenciones dirigidas, ambas, a incentivar la contratación. Se trata de programas de ayudas públicas a la contratación diferentes, los cuáles explicaremos a continuación, pero en ambos casos existe la posibilidad de contratar a través de los contratos de formación en alternancia.
Como ya explicamos en publicaciones anteriores, los contratos de formación en alternancia ofrecen al trabajador la posibilidad de realizarse profesionalmente, recibiendo remuneración por ello, a la par que puede combinar la formación existente asociada a estos contratos. Para beneficiarse de esta tipología de contratos se deben cumplir una serie de requisitos.
Este programa de ayuda, impulsado por la Junta de Extremadura, está dirigido a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte del autónomo. Por ello, los beneficiarios de esta línea de subvenciones serán aquellas personas trabajadoras por cuenta propia que, a título individual, estén encuendradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Las personas destinatarias finales de esta ayuda son personas desempleadas, a las cuáles, se les puede contratar a través de contratos de formación en alternancia con una duración mínima de 24 meses, siempre y cuando cumplan los requisitos, o bien a través del régimen general de contratos.
Las contrataciones que se encuadren en el grupo cotización 1 de la Seguridad Social recibirá una cuantía de 28.750 euros. Las contrataciones para el grupo de cotización 2, serán 23.700 euros. Y para las contrataciones que se encuadren en el resto de grupos serán 20.000 euros.
El plazo de solicitud será de dos meses a contar desde la fecha de inicio de la contratación objeto de la subvención. Asimismo, la vigencia de esta ayuda abarca desde el 15 de febrero de 2023 hasta el 14 de febrero de 2024. El programa está regulado por el Decreto 170/2022, de 30 de diciembre.
Con el propósito de generar nuevas contrataciones o dar estabilidad laboral a los trabajadores temporales, la Comunidad de Madrid ha impulsado una línea de ayudas e incentivos dirigidos a las empresas, trabajadores autónomos, entre otros.
En concreto, la línea 4 de estas ayudas está dirigida a incentivar la contratación de personas jóvenes desempleadas a través del contrato de formación en alternancia.
Por la contratación a tiempo completo y mediante la realización de un contrato de formación en alternancia, las empresas pueden recibir 5.500 euros por la contratación de cada persona menor de 30 años que cumpla con los siguientes requisitos:
Además de las cuantías anteriores, se incrementarán 500 euros adicionales cuando la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo de persona trans.
En los supuestos de contratación a tiempo parcial, los importes mencionados anteriormente se reducirán de forma proporcional a la jornada de trabajo realizada. No obstante, dicha jornada a tiempo parcial no podrá ser inferior al 50€ de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.
La convocatoria para la presentación de solicitudes se inició el 1 de marzo de 2023 y el plazo de finalización es por periodo indefinido.
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