¿Qué ayudas al contrato de formación siguen vigentes en 2026?

El Contrato de Formación en Alternancia continúa siendo una de las modalidades de contratación con mayor capacidad para combinar incorporación de talento, cualificación profesional e incentivos para las empresas. A las bonificaciones estatales previstas para esta modalidad se suman diferentes programas autonómicos que buscan favorecer la contratación de personas jóvenes mediante ayudas económicas específicas. Aunque el objetivo es común, cada comunidad autónoma establece sus propias condiciones. Las cuantías, los plazos de solicitud, la duración mínima exigida del contrato o los requisitos que debe reunir la persona contratada varían considerablemente de un territorio a otro. Por ello, conocer qué convocatorias permanecen abiertas y cómo funcionan resulta imprescindible antes de iniciar cualquier contratación. Continúan vigentes distintas líneas de ayudas en Galicia, Cantabria, Comunidad de Madrid, Castilla-La Mancha y Canarias. Algunas destacan por las importantes cuantías que ofrecen, mientras que otras incorporan incentivos adicionales para determinados colectivos o circunstancias personales. En este artículo repasamos las principales convocatorias que siguen abiertas, las características más relevantes de cada una y los aspectos que las empresas deberían revisar antes de presentar una solicitud.

1) Bonificaciones estatales del Contrato de Formación en Alternancia

Con independencia de las ayudas convocadas por las comunidades autónomas, el Contrato de Formación en Alternancia mantiene una serie de incentivos estatales que pueden aplicarse durante toda la vigencia del contrato siempre que se cumplan los requisitos previstos en la normativa.

Entre ellos destaca la bonificación en las cuotas a la Seguridad Social, que alcanza un importe mensual de 119 euros, distribuidos entre la aportación empresarial y las cuotas correspondientes a la persona trabajadora.

Además, la empresa puede bonificarse el coste de la formación vinculada al contrato dentro de los módulos económicos establecidos legalmente. Esta formación constituye uno de los elementos esenciales de esta modalidad contractual y debe estar directamente relacionada con la ocupación desempeñada por la persona contratada.

A ello se añade la bonificación destinada a compensar la actividad de tutorización desarrollada por la empresa, cuyo importe puede alcanzar 1,50 euros por hora, o 2 euros por hora cuando la empresa cuenta con menos de cinco personas trabajadoras, con los límites previstos reglamentariamente.

Estas bonificaciones son compatibles, cuando así lo permite cada convocatoria, con las ayudas autonómicas específicas.

2) Galicia

Una de las ayudas de mayor importe para contratar talento joven

Galicia mantiene una de las convocatorias más destacadas para el Contrato de Formación en Alternancia, tanto por las cuantías previstas como por el amplio periodo durante el que pueden formalizarse las contrataciones subvencionables.

La ayuda está dirigida a empresas, personas trabajadoras autónomas, comunidades de bienes y sociedades civiles que formalicen Contrato de Formación en Alternancia con personas jóvenes menores de treinta años.

Una de las principales particularidades de esta convocatoria es que el importe de la subvención depende del grupo de cotización de la persona contratada.

Las cuantías previstas alcanzan:

  • 16.625 € para los grupos de cotización 1 y 2.
  • 13.300 € para los grupos de cotización 3 a 7.
  • 9.975 € para los grupos de cotización 8 a 11.

La convocatoria admite contratos formalizados entre el 16 de octubre de 2025 y el 30 de octubre de 2026, mientras que el plazo para presentar solicitudes permanece abierto hasta el 30 de septiembre de 2026.

Además, cada solicitud puede incluir un máximo de tres contratos subvencionables, circunstancia que puede resultar especialmente interesante para empresas que prevean incorporar varias personas durante el mismo periodo.

Como ocurre con cualquier ayuda pública, resulta imprescindible revisar previamente todos los requisitos exigidos por la convocatoria, ya que aspectos como la duración efectiva del contrato o el cumplimiento de determinadas condiciones administrativas pueden resultar determinantes para acceder a la subvención.

3) Cantabria

Nuevo régimen permanente de ayudas al Contrato de Formación en Alternancia

Cantabria ha renovado recientemente su sistema de incentivos mediante un nuevo régimen permanente de concesión directa, que sustituye la regulación anterior y actualiza tanto las cuantías como los requisitos aplicables.

La convocatoria está dirigida, con carácter general, a pequeñas y medianas empresas, personas trabajadoras autónomas, mutualistas de colegios profesionales y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Cantabria.

La persona contratada debe ser menor de 30 años y encontrarse inscrita como demandante de empleo desempleada antes del inicio del contrato.

Una de las principales novedades del nuevo régimen reside en el incremento de las ayudas económicas.

Las cuantías pueden alcanzar:

  • 7.500 euros por la formalización inicial de un contrato de formación en alternancia.
  • Hasta 9.500 euros cuando concurren determinadas circunstancias previstas en la norma, como la contratación de personas pertenecientes a colectivos con especiales dificultades de acceso al empleo.

La regulación también contempla incentivos para las prórrogas del contrato de formación en alternancia, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.

La solicitud debe presentarse dentro del plazo previsto desde el alta en la Seguridad Social o desde el inicio de la correspondiente prórroga, por lo que conviene preparar la documentación desde el momento en que se formaliza la contratación.

Otro aspecto destacable es que este nuevo sistema deja de depender de convocatorias anuales concretas y pasa a configurarse como un régimen permanente, lo que aporta una mayor estabilidad para empresas y asesorías a la hora de planificar nuevas incorporaciones.

4) Comunidad de Madrid

Incentivos para impulsar el empleo juvenil

La Comunidad de Madrid mantiene abierta su Línea 4 de ayudas al Contrato de Formación en Alternancia, una convocatoria dirigida a favorecer la incorporación de personas jóvenes desempleadas mediante esta modalidad contractual.

La subvención base asciende a 5.500 euros por cada contrato formalizado a jornada completa. Cuando el contrato se celebra a tiempo parcial, la ayuda se reduce proporcionalmente, siempre que la jornada alcance al menos el 75 % de la jornada ordinaria comparable.

Además de la cuantía inicial, la convocatoria contempla distintos incrementos cuando concurren determinadas circunstancias personales o familiares de la persona contratada o de la empresa beneficiaria. Entre ellos se incluyen incentivos adicionales por la contratación de mujeres, personas con responsabilidades familiares o determinados tipos de unidades familiares, así como para empresas emergentes que cumplan las condiciones previstas en la normativa.

Para acceder a la ayuda, la persona contratada debe ser:

  • menor de 30 años,
  • encontrarse desempleada,
  • figurar inscrita como demandante de empleo y como beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil desde el día anterior al alta en la Seguridad Social.

Otro aspecto relevante es la obligación de mantener el contrato durante un periodo mínimo de 360 días, salvo las situaciones previstas legalmente que puedan justificar una interrupción o suspensión de la relación laboral.

La solicitud deberá presentarse dentro del mes siguiente a la formalización del contrato y la convocatoria permanece abierta de forma continuada mientras exista disponibilidad presupuestaria.

5) Castilla-La Mancha

Apoyo a la contratación mediante Formación en Alternancia

Castilla-La Mancha mantiene una convocatoria destinada a incentivar la contratación de personas jóvenes mediante el Contrato de Formación en Alternancia. La ayuda prevista asciende a 6.000 € por cada contrato formalizado a jornada completa con una duración inicial de un año.

Pueden acceder a este programa empresas, personas trabajadoras autónomas, sociedades laborales, cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

La persona contratada deberá tener entre 16 y 29 años, encontrarse en situación de desempleo, estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y reunir las condiciones exigidas para formalizar un contrato de formación en alternancia.

Uno de los aspectos que conviene revisar con atención es la diferencia entre el periodo subvencionable y el plazo administrativo para presentar la solicitud. En esta convocatoria, pueden subvencionarse contratos formalizados hasta el 30 de septiembre de 2026, mientras que las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de octubre de 2026. Sin embargo, para cada contratación concreta, la empresa dispone de un plazo máximo de un mes desde la formalización del contrato para solicitar la ayuda.

Conocer esta diferencia evita uno de los errores más habituales en la gestión de subvenciones: interpretar que una convocatoria continúa permitiendo nuevas contrataciones únicamente porque el plazo de presentación todavía permanece abierto.

6) Canarias

Ayudas vinculadas a la duración del contrato

El programa Incentívate, promovido por el Servicio Canario de Empleo, continúa ofreciendo ayudas para fomentar la contratación de personas jóvenes mediante el Contrato de Formación en Alternancia.

A diferencia de otras comunidades autónomas, la cuantía de la subvención depende directamente de la duración inicial del contrato.

Las ayudas previstas son las siguientes:

  • 3.000 € para contratos superiores a seis meses e inferiores a doce meses.
  • 4.000 € para contratos de entre doce y veinticuatro meses.
  • 5.000 € para contratos con una duración de veinticuatro meses.

Además, la convocatoria contempla incrementos adicionales cuando la persona contratada presenta determinadas circunstancias, como discapacidad reconocida, escasa experiencia laboral previa o condición de víctima de violencia de género.

Los contratos subvencionables deberán haberse formalizado entre el 1 de abril de 2026 y el 31 de marzo de 2027, mientras que el primer periodo de solicitud permanece abierto hasta el 16 de septiembre de 2026.

El programa establece posteriormente nuevos periodos para las contrataciones realizadas durante el resto del ejercicio, lo que proporciona cierta continuidad a las empresas interesadas en incorporar nuevos perfiles a lo largo del año.

7) Qué conviene revisar antes de solicitar una ayuda

Aunque cada comunidad autónoma establece requisitos específicos, existen una serie de comprobaciones previas que conviene realizar antes de formalizar cualquier Contrato de Formación en Alternancia con la intención de acceder a una subvención.

En primer lugar, es recomendable verificar que la empresa reúne las condiciones exigidas por la convocatoria correspondiente. Algunas ayudas limitan los beneficiarios en función de su tamaño, forma jurídica o lugar donde se desarrolla la actividad.

También debe comprobarse que la persona candidata cumple todos los requisitos exigidos. La edad, la situación de desempleo, la inscripción como demandante de empleo o la pertenencia al Sistema Nacional de Garantía Juvenil son condiciones que aparecen de forma recurrente y que, en muchos casos, deben cumplirse antes del inicio del contrato.

Otro aspecto especialmente importante consiste en distinguir entre el plazo para formalizar el contrato y el plazo para presentar la solicitud. Son dos fechas distintas que no siempre coinciden y cuya diferencia puede resultar determinante para acceder a la ayuda.

Finalmente, conviene revisar las obligaciones posteriores derivadas de cada convocatoria. Algunas ayudas exigen mantener el contrato durante un periodo determinado, conservar la documentación justificativa o comunicar determinadas incidencias durante la ejecución del programa.

Realizar estas comprobaciones con carácter previo facilita la correcta tramitación del expediente y evita incidencias posteriores.

8) Las ayudas deben analizarse junto con las bonificaciones estatales

Cuando una empresa estudia la incorporación de una persona mediante un Contrato de Formación en Alternancia, la subvención autonómica constituye únicamente una parte del conjunto de incentivos disponibles.

A las ayudas concedidas por las comunidades autónomas se suman las bonificaciones previstas por la normativa estatal para esta modalidad contractual, así como la financiación de la formación vinculada a la ocupación y las bonificaciones por las tareas de tutorización desarrolladas en la empresa.

Por ello, la decisión no debería basarse exclusivamente en el importe de una convocatoria concreta. Analizar de forma conjunta todos los incentivos aplicables permite valorar con mayor precisión las ventajas económicas asociadas a cada contratación y planificarla con mayor seguridad.

Las ayudas actualmente vigentes para el Contrato de Formación en Alternancia continúan ofreciendo un importante apoyo a las empresas que desean incorporar nuevos profesionales mediante esta modalidad contractual.

Cada convocatoria establece requisitos, plazos y cuantías diferentes, por lo que revisar previamente las condiciones aplicables resulta fundamental para aprovechar las oportunidades existentes y tramitar correctamente cada solicitud.

En Grupo Albatros seguimos de cerca la evolución de las ayudas, bonificaciones y novedades relacionadas con el contrato de formación en alternancia para acercar a empresas y asesorías una información actualizada, rigurosa y útil que facilite la toma de decisiones.

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