Claves para gestionar la formación bonificada en PYMEs
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El Contrato de Formación en Alternancia se presenta como una de las modalidades de contrato más ventajosa para las empresas. Estos contratos podrán realizarse a personas sin cualificación acreditada para el puesto de trabajo ofertado. De ahí que la formación asociada al contrato juegue un papel fundamental. A continuación, sigue leyendo y conoce las bonificaciones del contrato de formación en alternancia.
En Grupo Albatros nos encargamos de tramitar los contratos de formación en alternancia y ofrecer una formación de calidad a las empresas. Nuestra Oferta Formativa está compuesta por más de 800 especialidades del catálogo del SEPE y 32 certificados de profesionalidad.
La Reforma Laboral que entró en vigor el 30 de marzo de 2022, benefició esta modalidad de contrato ampliando el abanico de posibilidades en los sujetos beneficiarios del mismo. Así, este mismo año se tramitaron más de 40.000 contratos de formación en alternancia.
El contrato para la formación en alternancia tiene derecho a aplicar tres bonificaciones desde el primer mes y durante toda la vigencia del contrato.
Si eres una empresa, la primera de ellas que debes conocer es la reducción en las cuotas a la Seguridad Social. En segundo lugar, debes saber que la formación de los trabajadores contratados mediante esta modalidad de contrato estará bonificada al 100%. Y por último, existe una bonificación adicional a las mencionadas en concepto de tutorización.
El contrato de formación tiene derecho a aplicar una reducción del 100% de la cuota fija de 180,94 €/mes a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato. Todo ello, por tanto, supondrá, un coste 0€ en Seguros Sociales para la empresa. La reducción será del 75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores.
Requisitos por parte de la empresa:
Para tener derecho a esta reducción es importante que la empresa no tenga deuda con Hacienda, ni Seguridad Social, y que la persona contratada esté inscrita como demandante de empleo.
Requisitos por parte del trabajador:
Tras el Real Decreto Ley 6/2016, esta reducción en los contratos de formación realizados a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil pasará a ser bonificación.
Para poder aplicar este beneficio, debes indicar que el contrato tiene derecho a la reducción de seguros sociales, marcando la casilla Bon./Red. en tu programa de nóminas.
Importante: en el momento del alta, deberás haber indicado que tiene derecho a reducción en el campo «cond. desempleado» 1 de Seguridad Social.
Si se trata de un contrato de garantía juvenil, deberá incluir el código 01 en la casilla beneficios.
La persona contratada mediante contrato de formación en alternancia recibe una formación online que imparte nuestro centro. Esta formación está 100% bonificada. El coste de la formación variará en función de las horas anuales de trabajo efectivo establecidas en el Convenio Colectivo:
PRIMER AÑO ACTIVIDAD FORMATIVA |
SEGUNDO AÑO ACTIVIDAD FORMATIVA |
35% JORNADA LABORAL |
15% ACTIVIDAD LABORAL |
Si el trabajador/a está de baja por maternidad, paternidad, IT, etc. se interrumpiría el cómputo del contrato de formación en alternancia y no se debe bonificar la formación durante dicho periodo. Debiendo ampliarse la duración del contrato, el tiempo que el trabajador/a ha estado de baja.
Modelo de contrato 421:
La empresa tiene derecho a aplicar una bonificación adicional mensual de 80 € en concepto de tutorización, durante toda la vigencia del contrato de formación en alternancia. A las empresas con plantillas de trabajadores de 5 o más, le corresponderán 60€ en concepto de tutorización.
Según indica la norma, la empresa podrá aplicar la bonificación adicional por hasta un máximo de 40 horas. Esta cifra correspondería a un mes completo. Si se trata de un contrato a tiempo parcial, deberá aplicarse la bonificación proporcionalmente, atendiendo a la jornada de trabajo.
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