Crédito disponible para las empresas
Todas las empresas españolas tienen derecho a realizar formación bonificada para sus trabajadores. En base a ello, se les asigna un crédito anual que variará en función de los criterios establecidos en apartados anteriores. Uno de ellos es el número de trabajadores con los que cuenta la empresa.
De este modo, las empresas de hasta 5 trabajadores disponen de un crédito mínimo de 420€. Así se garantiza que, a pesar de haber cotizado poco, puedan acceder en igualdad de oportunidades a la formación como empresas con mayor número de empleados a su cargo.
¿Puede acumularse el crédito no consumido de un año para otro?
Una de las cualidades del crédito formativo es que si no se consume, se pierde. Por esta razón, si te va a sobrar crédito formativo y no quieres perderlo, conviene que solicites la acumulación para gastarlo hasta el 31 de diciembre de 2024.
Si este 2023 no has previsto ninguna acción formativa, pero quieres conservar el crédito para acciones futuras, puedes solicitar que se acumule hasta el 30 de junio de 2023.
¿Cómo solicitar que se acumule el crédito de formación para 2024?
Si como empresa tienes claro que quieres realizar formación pero aún no has decidido el curso que deseas que reciban tus trabajadores, conviene que solicites acumular el crédito para poder consumirlo en 2024.
Esta acción debes desarrollarla antes del 30 de junio de 2023. Este es el plazo en el que finaliza la petición de acumulación de crédito.
Importante: si solicitas la acumulación del crédito pero finalmente deseas realizar un curso antes de finales de 2023, puedes hacerlo sin ningún inconveniente.
¿Por qué es positivo solicitar la acumulación de crédito?
Lo es porque si el crédito restante es tan pequeño que no puedes acceder al curso que deseas, eso te permitirá acumularlo para el ejercicio anterior y aumentar así las posibilidades de realizar la formación deseada para tus trabajadores.
Además, solicitando la acumulación te aseguras de no perder el crédito, algo tan valioso que puede diferenciar a tu empresa de las de tu competencia.
¿Qué empresas pueden solicitar la acumulación de crédito para 2024?
El artículo 11 del Real Decreto 694/2017, que desarrolla la Ley 30/2015 sobre formación para el empleo, establece los siguiente:
«Las empresas de menos de 50 trabajadores podrán comunicar a la Administración Pública competente, durante el primer semestre del ejercicio en curso, la voluntad de acumular su crédito de formación con el del siguiente o los dos siguientes ejercicios, de forma que el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio podrá aplicarse en el siguiente o hasta los dos siguientes, según la voluntad manifestada por la empresa. Las cuantías no dispuestas en el último de los ejercicios mencionados se considerarán desestimadas por las empresas y no podrán recuperarse para ejercicios futuros».
Por lo cuál, si tu empresa cuenta con una plantilla inferior a 50 trabajadores, podrás solicitar la acumulación de crédito de formación de 2023 para el siguiente año. Recuerda, la solicitud debes registrarla antes del 30 de junio de 2023 para que esta petición se haga efectiva.
Objetivos de la Formación Bonificada
La FUNDAE es la entidad encargada de impulsar las políticas públicas en materia de formación y empleo. Ya hemos destacado anteriormente los requisitos que debe cumplir una empresa para solicitar la Formación Bonificada. Entre ellos, se encuentra que la propia empresa cotice en concepto de «formación profesional» por el trabajador.
Este programa de ayudas, dirigido a las empresas, tiene como objetivo aumentar los niveles de productividad, así como la cualificación de la plantilla de trabajadores y el crecimiento de la propia empresa. También, se trata de un elemento diferenciador de las empresas, ya que el hecho de que los trabajadores reciban formación, les hace crecer personal y profesionalmente dentro de la empres, y con ello mejorar también la imagen de la compañía.