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Hoy en nuestro blog, exploramos las implicaciones y contenido del VII Convenio Colectivo en el sector de la construcción, enfocándonos en las regulaciones relacionadas con la contratación de menores de 18 años. Un análisis detallado de las normativas que impactan la fuerza laboral juvenil en esta industria clave.
El VII Convenio Colectivo General en el sector de la construcción, anunciado por la Dirección General de Trabajo, trae consigo regulaciones significativas, especialmente en relación con la contratación de menores de 18 años. Según el artículo 18, se prohíbe emplear a personas menores de edad en roles operativos, aunque se permiten contratos formativos en alternancia y contratos para adquisición de práctica profesional como alternativas. Esta restricción ha llevado a las empresas a adaptarse mediante la formalización de contratos de formación en alternancia. Grupo Albatros se destaca como un socio clave en este proceso, ofreciendo orientación y ayudando a las empresas a cumplir con las regulaciones al tiempo que se invierte en el desarrollo de jóvenes talentos, creando un futuro prometedor para el sector de la construcción.
La Dirección General de Trabajo anunció el 6 de septiembre de 2023 una actualización significativa en el sector de la construcción: el registro y publicación del VII Convenio colectivo general. Este documento, que tiene el propósito de guiar y regular las relaciones laborales en este sector, introduce varias novedades, pero una en particular ha llamado la atención de muchos: la regulación en la contratación de jóvenes menores de 18 años.
Dentro de este nuevo convenio, el punto 4 del artículo 18 establece de manera contundente: “Se prohíbe emplear a personas trabajadoras menores de 18 años para la ejecución de trabajos en las obras, sin perjuicio de lo establecido en el presente Convenio general referente al contrato para la formación en alternancia y al contrato formativo para la obtención de la práctica profesional”.
Esto se traduce en una prohibición directa para las empresas de construcción en la contratación tradicional de menores de 18 años en roles operativos, obligándolas a buscar alternativas si desean aprovechar el potencial de este grupo de trabajadores jóvenes y en formación.
En respuesta a esta prohibición, el convenio mismo ofrece una solución: los contratos de formación en alternancia y el contrato formativo para la adquisición de la práctica profesional. Estos modelos contractuales están diseñados para combinar la formación teórica con la práctica profesional, permitiendo que los jóvenes adquieran habilidades y experiencia en un ambiente de trabajo real, mientras cumplen con sus estudios o formación técnica.
Este enfoque no solo garantiza el cumplimiento de las regulaciones, sino que también puede ser visto como una inversión a largo plazo por las empresas. Formar jóvenes talentos desde el principio, y bajo las directrices y estándares de cada empresa, puede resultar en la creación de profesionales altamente capacitados y leales a la empresa que les brindó su primera oportunidad.
Frente a estos cambios, las empresas pueden sentirse abrumadas al tener que adaptarse. No obstante, en Grupo Albatros estamos preparados para guiarles en este nuevo escenario. Ofrecemos una variedad de ocupaciones dentro del sector de la construcción, especializándonos en formalizar contratos de formación en alternancia.
Nos comprometemos a trabajar de la mano con las empresas, asegurando que los jóvenes reciban una formación de calidad y pertinente a las necesidades del sector. Este compromiso no solo garantiza el cumplimiento del nuevo convenio, sino que propicia un ambiente en el que los jóvenes trabajadores pueden crecer y prosperar.
En conclusión, aunque el VII Convenio colectivo general presenta retos, también abre la puerta a nuevas oportunidades de formación y crecimiento. En Grupo Albatros estamos listos para ser el puente entre las empresas y los jóvenes talentos, creando un futuro prometedor para el sector de la construcción. ¡Contacte con nosotros y descubra cómo podemos colaborar juntos!
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