Contrata nuestro Servicio de Protección de Datos para tu empresa

Todas aquellas empresas y entidades que realicen tratamiento de datos personales están obligadas a cumplir con la Ley de Protección de Datos

Protección de datos para tu empresa

Desde el Área Legal de Grupo Albatros ofrecemos un servicio especial para cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) para tu empresa.

Entre otros Servicios Legales contamos con Planes de Igualdad, Protocolo Antiacoso y otros aspectos de interés que puedan beneficiar el buen funcionamiento de las empresas en España.

Índice de contenidos

Contrata con nosotros el Servicio de Protección de Datos para tu empresa

¿Tienes todo a punto en tu empresa en lo referente a la Ley de Protección de Datos?

De no ser así, podrías correr el riesgo de recibir multas o sanciones elevadas sumadas al daño que todo ello puede provocar en tu valor reputacional.

Con el avance de las nuevas tecnologías, los delitos digitales aumentan, razones de peso para tener muy en cuenta contar con un servicio que proteja no solo los datos de tu empresa sino los de todos aquellos sujetos implicados en tu actividad.

¿Quiénes son los sujetos obligados?

Con el RGPD se impone la obligación de implementar un registro de actividades de tratamiento. Este registro, que será obligatorio para todas aquellas organizaciones que superen los 250 trabajadores, también lo será para aquellas en las que el tratamiento de datos personas pueda contraer un riesgo para los derechos y libertades de los interesados.

Por tanto en la práctica, todas las empresas y/o autónomos que traten datos de carácter personal tendrán la obligación y responsabilidad de establecer las medidas oportunas para asegurar que se realiza un tratamiento adecuado de los datos personales que gestionen y tengan en su propiedad.

Ley de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) 2018

La entrada en vigor de esta ley pone en valor los derechos de los ciudadanos y las obligaciones de las empresas y organismos en el adecuado tratamiento y protección de sus datos personales.

La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales (LOPDGDD), que sustituye a la antigua Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, adapta la normativa española a la europea, la cuál viene definida por el Reglamento General d Protección de Datos (RGPD).

El objetivo de la presente ley es reforzar y proteger los derechos de los usuarios, garantizando así el buen y adecuado tratamiento de su información personal por parte de las empresas, entidades u organizaciones.

Delegado de Protección de Datos

Según la LOPDGDD, existen tres supuestos para designar obligatoriamente a un Delegado de Protección de Datos (DPO):

  • Siempre que el tratamiento de los datos se realice por parte de una autoridad u organismo público.
  • Si las actividades y operaciones principales del responsable de datos exigen seguimiento regular y sistemático a gran escala.
  • Cuando esas actividades y operaciones guardan relación con delitos y condenas.

¿Es obligatoria la figura del DPO?

La normativa europea establece 16 casos muy concretos en los que esta figura se hace imprescindible, y por ende, es obligatoria su contratación por parte de las empresas y organismos.

En cualquier caso, la Agencia Española de Protección de Datos o las autoridades autonómicas de protección de datos pertinentes, están obligadas a mantener una lista actualizada del conjunto de delegados existentes.

Desde el Área Legal de Grupo Albatros contamos con un equipo de profesionales especializados en materia de Protección de Datos. Es por eso que desde nuestra Consultora, DobleA Consulting, se ofrece su constitución en esta figura.

Sanciones por incumplimiento con la Ley de Protección de Datos

Una gestión no adecuada de los datos personales de tus clientes puede concurrir en elevadas sanciones económicas que podrán perjudicar a tu negocio y tu valor reputacional.

Las sanciones por incumplimiento con el RGPD y la LOPD están dirigidas a PYMES y autónomos.

Sanciones fijadas en el Reglamento General de Protección de datos del Parlamento Europeo y del Consejo

Por su parte, el Reglamento dispone multas de hasta 10 millones de euros (o el 2% de la facturación anual, aplicando la cuantía que resulte más alta) para infracciones graves.

En cambio, en el caso de las infracciones muy graves, la multa podría fijarse en hastas 20 millones de euros (o el 4% de la facturación anual, aplicación la cuantía que resulte más alta)

¿Qué sanciones estipula la LOPD?

La Ley Orgánica de Protección de Datos fija las siguientes infracciones y multas correspondientes:

-40.000 de multa en concepto de infracciones leves.

-De 40.001 a 300.000 euros de multa en concepto de infracciones graves.

-De 300.001 a 20 millones de euros (o el 4% de la facturación anual -la cuantía que sea superior) para infracciones muy graves.

 

Con más de 30 años de experiencia, Grupo Albatros es una empresa de ámbito nacional líder en el sector de la formación.

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