Aprobación de la «Ley Trans»
La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans y para la Garantía de los Derechos de las Personas LGTBI, más conocida como «Ley Trans», obliga a empresas con más de 50 trabajadores a implentar un plan LGTBI obligatorio desde marzo de 2024.
El objetivo de esta ley pasa por garantizar los derechos de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI, persiguiendo la erradicación de situaciones de discriminación por condiciones de orientación, identidad o expresión sexual.
Esta ley, por tanto, sienta las bases del respeto a la diversidad sexual y familiar con plena libertad. Supone un avance importante en materia de derechos sociales e igualdad, promoviendo estos valores en la sociedad española.
Antecedentes jurídicos de la «Ley Trans»
Tal y como recoge el preámbulo de la propia ley:
En el ámbito de la Organización de Naciones Unidas, se han adoptado diferentes documentos y recomendaciones que han contribuido a elevar los estándares internacionales de respeto y protección del derecho a la integridad y a la no discriminación de las personas LGTBI. A este respecto, pueden mencionarse varias resoluciones del Consejo de Derechos Humanos, como la Resolución adoptada el 17 de junio de 2011 (A/HRC/RES/17/19) «Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género»; la Resolución adoptada el 26 de septiembre de 2014 (A/HRC/RES/27/32) «Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género»; o la Resolución adoptada el 30 de junio de 2016 (A/HRC/RES/32/2) «Protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género». También el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos se ha pronunciado en repetidas ocasiones sobre la cuestión de la discriminación y la violencia que sufre este colectivo, como en su informe A/HRC/29/23, de 4 de mayo de 2015, y ha establecido una serie de recomendaciones para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI que han inspirado a muchos Estados en sus respectivas políticas y legislaciones.
Del mismo modo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha señalado que «la prohibición de discriminación contemplada en el artículo 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos comprende cuestiones relacionadas con la identidad de género y ha instado a que se garantice el cambio registral del sexo sin el requisito previo de sufrir procedimientos médicos tales como una operación de reasignación sexual o una terapia hormonal».
A su vez, la Constitución Española, en el artículo 14, proclama el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Plan LGTBI obligatorio
Desde marzo de 2024, las empresas con más de 50 trabajadores deberán contar con un Plan LGTBI obligatorio.
Esta nueva obligación en materia laboral tiene como fin garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersuales con el objetivo de erradicar situaciones de discriminación.
Esta ley, que incluye importantes avances como la igualdad de oportunidades, se presenta además como una oportunidad para avanzar en materia de igualdad y derechos sociales en el marco laboral español. Por esta razón, algunas administraciones autónomas, como la Comunidad de Madrid, han lanzado ya subvenciones en esta línea para favorecer la contratación de mujeres y personas pertenecientes al Colectivo.