Formación especializada para responsables del canal de denuncias
Capacita a los responsables del canal de denuncias con formación especializada. Asegura una gestión transparente y efectiva.
Implementar un Plan de Igualdad es esencial por varias razones:
-Las políticas de responsabilidad social corporativa (RSC) deben fomentar la organización y promover la igualdad de género en la empresa.
-Un Plan de Igualdad mejora el ambiente laboral y elimina las diferencias entre los empleados y empleadas, incrementando su compromiso con las medidas de conciliación e igualdad.
-Empresas que tienen un Plan de Igualdad tienden a favorecer la motivación y satisfacción de sus trabajadores, lo que a su vez aumenta la productividad y ayuda a atraer y retener nuevo talento.
-La RSC añade un valor significativo tanto para los clientes como para los empleados, mejorando la percepción y el atractivo de la empresa.
La falta de un Plan de Igualdad en las empresas conlleva importantes implicaciones legales, incluyendo posibles sanciones. De acuerdo con el régimen de infracciones y sanciones establecido en la LISOS, aquellas empresas que no cuenten con un Plan de Igualdad pueden ser objeto de multas que oscilan entre los 626 y los 6.250 euros. Sin embargo, el panorama puede tornarse aún más gravoso si la Inspección de Trabajo o la Autoridad Laboral ha notificado previamente a la empresa sobre su obligación de implementar dicho plan. En tales casos, las multas pueden alcanzar cifras sustancialmente más altas, situándose en un rango que va desde los 6.251 hasta los 225.018 euros. Estas sanciones, además de representar un impacto financiero significativo para las empresas, también implican una clara señalización por parte de las autoridades sobre la importancia de cumplir con las normativas en materia de igualdad de género en el ámbito laboral. Es crucial que las empresas estén conscientes de estas obligaciones legales y tomen las medidas necesarias para evitar posibles sanciones, lo que incluye la elaboración y aplicación efectiva de un Plan de Igualdad.
Ha surgido un cambio significativo en la interpretación legal con respecto a las solicitudes de registro del Plan de Igualdad y la respuesta de la Administración. ¿Qué consecuencias tiene el silencio administrativo en este contexto? ¿Se considera una aprobación o un rechazo si la Administración no responde a la solicitud de registro del Plan de Igualdad durante tres meses? Anteriormente, la falta de respuesta se entendía como una negativa, lo que resultaba en el rechazo del registro en el REGCON. Sin embargo, una sentencia reciente del Tribunal Supremo emitida el 11 de abril de 2024 (Rec. 258/2022) ha establecido que si la Administración no responde dentro del plazo establecido, el plan se considerará aprobado por silencio administrativo. Esto implica que si la Administración no cumple con el plazo, no puede denegar la inscripción del plan, y cualquier revisión del acto presunto de aprobación por silencio debe seguir el procedimiento correspondiente. Dicha sentencia es de particular importancia dada la cantidad de planes de igualdad pendientes de registro en el REGCON.
Estudios recientes indican que los empleados valoran cada vez más la postura de las empresas en relación con la igualdad de oportunidades. Un alto porcentaje de trabajadores (aproximadamente un 80%) dejaría su empleo si su empresa no trata por igual a hombres y mujeres.
Por ello, las empresas deben implementar un Plan de Igualdad, mantener actualizado el Registro Retributivo y ofrecer formación en materia de igualdad a sus empleados. De esta manera, las empresas pueden retener talento. Los empleados se sentirán motivados y satisfechos, sabiendo que la empresa cumple con sus expectativas y ofrece las mismas oportunidades para todos.
Los profesionales prefieren trabajar en empresas que comparten sus valores en cuanto a igualdad y justicia.
El Gobierno ha establecido un Registro de Planes de Igualdad y Protocolos contra el acoso sexual y por razón de sexo en las Administraciones Públicas, según la Resolución del 13 de julio de 2023 de la Secretaría de Estado de Función Pública, que modifica la anterior del 16 de marzo de 2023. Este Registro centraliza los documentos de planes y protocolos aprobados por las distintas Administraciones, facilitando así su acceso y consulta por parte de la ciudadanía.
Los documentos incluidos en el Registro comprenderán los Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas (nacionales, autonómicas y locales) y de los organismos públicos que pertenezcan a estas Administraciones y dispongan de su propio plan de igualdad, así como los Protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo en el mismo ámbito.
Estos Planes deben definir:
-Objetivos para promover la igualdad de trato y oportunidades en el empleo público.
-Estrategias o medidas para alcanzar estos objetivos.
-Medidas para evitar cualquier tipo de discriminación, asegurando igualdad de oportunidades y trato en el ámbito laboral tanto para hombres como para mujeres.
El cumplimiento de los Planes de Igualdad se evaluará anualmente.
El Registro de Planes de Igualdad estará bajo la supervisión del departamento con competencias en función pública. Todas las Administraciones públicas están obligadas a enviar sus planes de igualdad y protocolos contra el acoso a este Registro.
Es importante resaltar que desde 2022, las comunidades autónomas han comenzado a priorizar a las empresas que cuentan con un Plan de Igualdad, excluyendo a aquellas que no lo tienen de la posibilidad de recibir subvenciones.
Esta iniciativa continuará y se desarrollará durante 2024. Por ejemplo, en el País Vasco, según la Ley 1/2022 en su artículo 21 bis, los poderes públicos deben incorporar la perspectiva de género en las subvenciones públicas e incluir medidas para promover la igualdad y eliminar desigualdades entre mujeres y hombres en los criterios de valoración.
Los poderes públicos vascos no pueden otorgar ningún tipo de ayuda o subvención a actividades discriminatorias por razón de sexo. Asimismo, no pueden conceder subvenciones a personas físicas o jurídicas que hayan sido sancionadas administrativa o penalmente por discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres.
Además, las empresas que deban tener un Plan de Igualdad y no lo tengan, así como las empresas con más de 50 empleados que no hayan implementado medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o por razón de sexo, no pueden recibir ayudas o subvenciones.
Para evitar sanciones y poder optar a subvenciones públicas, es esencial contar con un Plan de Igualdad.
En el Grupo Albatros Formación creemos firmemente en el poder transformador de la igualdad de género en el ámbito laboral y en la sociedad en su conjunto. Es fundamental que las empresas asuman la responsabilidad de promover un entorno inclusivo y equitativo para todos sus empleados y empleadas. Instamos a todas las organizaciones a no solo cumplir con las obligaciones legales relacionadas con los Planes de Igualdad, sino también a adoptarlos como parte integral de su cultura corporativa. Al hacerlo, no solo estarán evitando posibles sanciones, sino que también estarán contribuyendo activamente a la construcción de un futuro más justo y equitativo para todos.
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