Prevención en Blanqueo de Capitales: consultoría, asesoría, auditoría y formación
Grupo Albatros a través de su empresa Doble A Consulting, ha diseñado un completo servicio de consultoría dirigido a cumplir con la ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo de manera ágil, sencilla, eficaz y con un importante ahorro de costes.
La gran experiencia y formación de nuestro equipo, ha permitido que podamos ofrecer un servicio de alta calidad en materia de Prevención de Blanqueo con el objetivo de adecuar las actuaciones a las necesidades y requerimientos que deben cumplir las diferentes tipologías de sujetos obligados a la LPBC.
Auditoría
Los sujetos obligados, según el artículo 28 de la ley 10/2010, deben realizar una auditoría externa anual que describa detalladamente las medidas de control interno existentes, la valoración de su eficacia operativa y proponga, en cada caso, rectificaciones eventuales o mejoras. La realización de este informe la deben realizar profesionales con experiencia y cualificación demostrable. Para ello, Doble A consulting pone a su disposición un equipo de profesionales autorizados por el SEPBLAC, altamente cualificados, y con gran experiencia en la realización de informes de experto externo para asegurarle que el informe se realizará de forma correcta y evitar así posibles consecuencias.
A su vez, hemos diseñado una metodología de trabajo, según las directrices de la Orden Ministerial EHA/2444/2007, de 31 de julio, que permite obtener un mapa de riesgos detallado de su empresa en relación con el cumplimiento de la LPBC-FT.
Consultoría
Con las novedades introducidas por el RD 304/2014, en Doble A consulting nos hemos propuesto ofrecer a nuestros clientes el mejor servicio posible para cumplir con las obligaciones en prevención de blanqueo. Fruto de ello, ofrecemos una consultoría prevención blanqueo de capitales basada en:
- Asesoramiento personalizado según las necesidades del sujeto obligado.
- Elaboración de un mapa de riesgos concreto para cada entidad.
- Herramientas informáticas que permiten establecer de manera correcta las políticas de admisión y conocimiento del cliente (KYC). Así como la custodia de la información durante el plazo establecido y, entre otros, una biblioteca digital de documentación.
- Manuales de procedimientos internos especializados por sector.
- Búsquedas en listas de riesgo.
- Informes de autoevaluación.
Auditoría
Los sujetos obligados, según el artículo 28 de la ley 10/2010, deben realizar una auditoría externa anual que describa detalladamente las medidas de control interno existentes, la valoración de su eficacia operativa y proponga, en cada caso, rectificaciones eventuales o mejoras. La realización de este informe la deben realizar profesionales con experiencia y cualificación demostrable. Para ello, Doble A consulting pone a su disposición un equipo de profesionales autorizados por el SEPBLAC, altamente cualificados, y con gran experiencia en la realización de informes de experto externo para asegurarle que el informe se realizará de forma correcta y evitar así posibles consecuencias.
A su vez, hemos diseñado una metodología de trabajo, según las directrices de la Orden Ministerial EHA/2444/2007, de 31 de julio, que permite obtener un mapa de riesgos detallado de su empresa en relación con el cumplimiento de la LPBC-FT.
Formación
La formación es un elemento indispensable para el buen funcionamiento de su empresa y para establecer los procedimientos y políticas en PBC establecidos por la entidad.
Doble A consulting elabora planes formativos a medida, según el grado de responsabilidad dentro del sujeto obligado y al sector al que vaya dirigido.
Realizamos formación ad-hoc tanto en modalidad e-learning como presencial, que permiten a los sujetos adquirir las capacidades necesarias para implementar dentro de la entidad los protocolos establecidos y permiten cumplir con las obligaciones de formación establecidas en el artículo 29 de la ley 10/2010.
Nuestros tutores les ayudarán paso a paso a adquirir los conocimientos necesarios y a poder superar los test que se proyectarán en cada uno de los módulos. Estarán a su disposición durante toda la formación para responder a todos las dudas y preguntas que le puedan surgir. En nuestra sección Curso Blanqueo de Capitales tendrá más información.
Sujetos obligados en consultoría prevención blanqueo de capitales (ley de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo)
Los sujetos obligados a los que hace referencia el artículo 2.1 de la ley 10/2010 son principalmente:
SUJETOS OBLIGADOS FINANCIEROS
- Bancos
- Aseguradoras
- Agencias de valores
- Gestoras de fondos
- Gestores de transferencias y cambios de monedas
- Emisores de tarjetas de crédito
SUJETOS OBLIGADOS NO FINANCIEROS
- Inmobiliarias
- Auditores de cuentas
- Contables y asesores fiscales
- Notarios y registradores
- Abogados y procuradores
- Joyeros
- Tratantes de arte
- Fundaciones y asociaciones