El MEI subirá en 2027: ¿cómo afectará a empresas y trabajadores?
ÍNDICE DE CONTENIDOS
- ¿Qué es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional?
- ¿Cuánto subirá el MEI en 2027?
- ¿Cómo se reparte el MEI entre empresa y trabajador?
- ¿Cómo afectará la subida a las nóminas?
- ¿Cuánto aumentará el coste para las empresas?
- ¿También afecta a los trabajadores autónomos?
- El MEI seguirá aumentando hasta 2029
- ¿Genera el MEI una pensión mayor para el trabajador?
- ¿Qué deben tener en cuenta empresas y asesorías para 2027?
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) volverá a subir el 1 de enero de 2027. La cotización pasará del 0,90% aplicado durante 2026 al 1% de la base de cotización, de acuerdo con el calendario establecido en la Ley General de la Seguridad Social.
En los trabajadores por cuenta ajena, ese porcentaje se repartirá entre empresa y trabajador: el 0,83% corresponderá a la empresa y el 0,17% a la persona trabajadora.
La modificación tendrá, por tanto, dos efectos:
- aumentará ligeramente la aportación que aparece descontada en la nómina del trabajador
- y también incrementará el coste de cotización asumido por las empresas.
No estamos ante un nuevo impuesto que comience en 2027. El MEI se aplica desde 2023 y su normativa establece un incremento progresivo de la cotización hasta alcanzar el 1,2% en 2029.
1. ¿Qué es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional?
El MEI es una cotización finalista a la Seguridad Social creada para reforzar la sostenibilidad financiera del sistema público de pensiones.
Su regulación se encuentra en el artículo 127 bis de la Ley General de la Seguridad Social y en su disposición transitoria cuadragésima tercera.
La finalidad de esta cotización es contribuir al Fondo de Reserva de la Seguridad Social ante el incremento previsto del gasto en pensiones durante las próximas décadas.
Se aplica en los regímenes y situaciones en los que existe obligación de cotizar por la contingencia de jubilación.
El mecanismo comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2023 con un porcentaje del 0,60%. Desde entonces, la normativa establece una subida progresiva anual.
En 2026 el porcentaje se sitúa en el 0,90% y el siguiente incremento llegará el 1 de enero de 2027.
2. ¿Cuánto subirá el MEI en 2027?
La subida de 2027 ya está prevista en la legislación.
La disposición transitoria cuadragésima tercera de la Ley General de la Seguridad Social establece la siguiente evolución:
- 2026: 0,90%.
- 2027: 1%.
- 2028: 1,10%.
- 2029: 1,20%.
- 2030-2050: 1,20%.
Por tanto, el 1 de enero de 2027 el MEI aumentará 0,10 puntos porcentuales, pasando del 0,90% al 1%.
El porcentaje se aplica sobre la correspondiente base de cotización, por lo que el importe concreto no será idéntico para todos los trabajadores.
La cantidad dependerá de la base sobre la que se calcule la cotización en cada caso.
3. ¿Cómo se reparte el MEI entre empresa y trabajador?
En los trabajadores por cuenta ajena, el MEI se distribuye entre empresa y persona trabajadora.
Durante 2026, el porcentaje total del 0,90% se reparte de la siguiente manera:
Empresa: 0,75 %.
Trabajador: 0,15 %.
Desde el 1 de enero de 2027, la distribución será:
Empresa: 0,83 %.
Trabajador: 0,17 %.
Esto significa que la mayor parte de la cotización seguirá siendo asumida por la empresa.
Respecto a 2026, la aportación empresarial aumentará 0,08 puntos porcentuales, mientras que la correspondiente al trabajador aumentará 0,02 puntos.
La suma de ambas aportaciones dará como resultado el 1 % previsto para 2027.
4. ¿Cómo afectará la subida a las nóminas?
El trabajador verá reflejada su parte del MEI entre las cotizaciones descontadas de su nómina.
En 2026 soporta un 0,15% y en 2027 pasará a soportar un 0,17%.
El impacto individual será reducido, aunque dependerá de la base de cotización.
Por ejemplo, si tomamos únicamente a efectos ilustrativos una base mensual de cotización de 2.000 euros, la aportación correspondiente al trabajador sería:
- Con el 0,15 % de 2026: 3€/mes.
- Con el 0,17 % de 2027: 3,40€/mes.
En este ejemplo, la subida supondría 0,40 € más/mes para el trabajador.
Con una base de cotización de 3.000 euros, la aportación pasaría de 4,50 euros a 5,10 euros mensuales, una diferencia de 0,60 €/mes.
Estos ejemplos sirven únicamente para mostrar el efecto del cambio de porcentaje. El importe real dependerá de la base de cotización correspondiente a cada persona trabajadora.
5. ¿Cuánto aumentará el coste para las empresas?
La subida también afecta directamente a las cotizaciones empresariales.
La empresa pasará de asumir un 0,75 % en 2026 a un 0,83 % en 2027.
Si utilizamos de nuevo una base mensual de cotización de 2.000 euros como ejemplo, la aportación empresarial correspondiente al MEI sería:
- En 2026: 15 euros mensuales.
- En 2027: 16,60 euros mensuales.
La diferencia sería de 1,60 euros mensuales por trabajador.
Con una base de 3.000 euros, la aportación empresarial pasaría de 22,50 euros a 24,90 euros, es decir, 2,40 euros más al mes.
Aunque las diferencias individuales son reducidas, el efecto acumulado debe valorarse atendiendo al número de trabajadores de la plantilla y a sus respectivas bases de cotización.
Por ello, las empresas deberán tener presente este incremento al calcular sus costes laborales para 2027.
6. ¿También afecta a los trabajadores autónomos?
Sí. El MEI no se limita a las relaciones laborales por cuenta ajena.
El artículo 127 bis de la Ley General de la Seguridad Social establece que esta cotización se aplica en todos los regímenes y supuestos en los que se cotice por la contingencia de jubilación.
En el caso de los trabajadores autónomos no existe un empleador con el que repartir la cotización. Por ello, la aportación correspondiente corre a cargo de la propia persona trabajadora autónoma.
Durante 2026, el tipo aplicable al MEI para los trabajadores autónomos es del 0,90% sobre su correspondiente base de cotización.
Conforme al calendario legal del mecanismo, en 2027 el porcentaje alcanzará el 1%.
El importe concreto dependerá de la base de cotización que corresponda al autónomo.
7. El MEI seguirá aumentando hasta 2029
La subida prevista para 2027 forma parte de un calendario establecido con varios años de antelación.
El mecanismo comenzó en 2023 con un tipo del 0,60% y ha ido aumentando progresivamente:
2023: 0,60%.
2024: 0,70%.
2025: 0,80%.
2026: 0,90%.
2027: 1%.
2028: 1,10%.
2029: 1,20%.
A partir de 2030 y hasta 2050, la normativa prevé mantener el tipo en el 1,20%.
En los trabajadores por cuenta ajena, cuando se alcance ese porcentaje, un punto porcentual corresponderá a la empresa y 0,2 puntos al trabajador.
La evolución prevista permite a empresas, departamentos laborales y asesorías anticipar los cambios que se producirán en las cotizaciones durante los próximos ejercicios.
8. ¿Genera el MEI una pensión mayor para el trabajador?
Esta cuestión resulta importante para entender la naturaleza de la cotización.
La Ley General de la Seguridad Social establece expresamente que el MEI no es computable a efectos de prestaciones.
Esto significa que pagar esta cotización adicional no genera directamente un incremento individual de la futura pensión del trabajador.
Las cantidades recaudadas tienen carácter finalista y se destinan al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
La finalidad del mecanismo es reforzar financieramente el sistema ante el aumento del gasto en pensiones previsto durante las próximas décadas.
Además, la legislación establece que esta cotización adicional no puede ser objeto, con carácter general, de bonificación, reducción, exención o deducción.
9. ¿Qué deben tener en cuenta empresas y asesorías para 2027?
Las empresas deberán incorporar el nuevo porcentaje a sus cotizaciones desde el 1 de enero de 2027.
Para los departamentos laborales y asesorías, el cambio implica actualizar los cálculos correspondientes para aplicar correctamente el nuevo reparto: 0,83% a cargo de la empresa y 0,17% a cargo del trabajador.
También conviene tenerlo presente en las previsiones de costes laborales para el próximo ejercicio, especialmente en organizaciones con plantillas amplias, donde pequeñas variaciones por trabajador pueden tener un efecto acumulado mayor.
La subida de 2027 tampoco será la última. En 2028 está previsto un nuevo incremento hasta el 1,10% y en 2029 se alcanzará el 1,20% establecido como porcentaje final del calendario actualmente vigente.
El 1 de enero de 2027, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional pasará del 0,90% al 1%, con una aportación del 0,83% a cargo de la empresa y del 0,17% a cargo de la persona trabajadora.
Las empresas y asesorías deberán incorporar este nuevo porcentaje a la gestión de nóminas y cotizaciones y tenerlo presente en sus previsiones de costes laborales para 2027.
En Grupo Albatros seguimos de cerca las novedades laborales y de Seguridad Social que afectan a empresas, asesorías y despachos profesionales para ofrecer información actualizada, rigurosa y útil que facilite su adaptación a los cambios normativos.