SMI 2026 aprobado: cuantía definitiva y efectos en empresas

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 ya es una realidad normativa. El Consejo de Ministros ha aprobado oficialmente su actualización y el acuerdo ha sido suscrito por UGT en el Ministerio de Trabajo y Economía Social, fijando la nueva cuantía en 1.221 euros mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 17.094 euros brutos anuales.

La medida tiene efectos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, lo que implica que las empresas deben aplicar la nueva cuantía con carácter retroactivo desde el inicio del ejercicio.

La subida consolida un incremento del 3,1 % respecto a 2025 y vuelve a situar el SMI como uno de los elementos centrales en la planificación laboral y salarial de las empresas.

En este artículo analizamos qué implica la aprobación definitiva del SMI 2026, cómo afecta a empresas y autónomos empleadores, qué ocurre con los complementos salariales y qué aspectos deben revisarse de forma inmediata.

Nueva cuantía oficial del SMI 2026

El Salario Mínimo Interprofesional queda fijado en:

  • 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas

  • 17.094 euros brutos anuales

  • Equivalente en 12 pagas: 1.424,50 euros mensuales

  • 40,70 euros por día trabajado

La norma establece que la cuantía es aplicable a todas las personas trabajadoras, con independencia de su sexo, edad o sector de actividad.

Asimismo, se actualizan las cuantías mínimas para:

  • Personas trabajadoras eventuales y temporeras.

  • Empleados y empleadas de hogar.

  • Contratos inferiores a 120 días.

La actualización responde al mandato del artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, que obliga al Gobierno a revisar anualmente el SMI teniendo en cuenta la evolución económica y social.

Efectos retroactivos desde el 1 de enero

Uno de los aspectos más relevantes es que la subida tiene efectos desde el 1 de enero de 2026.

Esto implica que:

  • Si la empresa no había aplicado la actualización de forma provisional, deberá regularizar las diferencias salariales.

  • Las nóminas de los meses ya transcurridos deberán ajustarse.

  • Las bases de cotización deberán recalcularse si procede.

La retroactividad exige una revisión inmediata para evitar desajustes contables o incidencias en cotizaciones.

¿A quién beneficia la subida?

Se estima que aproximadamente uno de cada diez asalariados en España se verá beneficiado directamente por la actualización.

El impacto es mayor en:

  • Jóvenes.

  • Mujeres.

  • Trabajadores a tiempo parcial.

  • Sectores con alta concentración de empleo de baja cualificación.

No obstante, el efecto indirecto puede extenderse a trabajadores con salarios próximos al mínimo, especialmente en estructuras salariales ajustadas.

Impacto en las empresas

Aunque la subida afecta directamente a quienes perciben el SMI, sus efectos se extienden al conjunto de la organización.

1. Revisión de salarios base

Las empresas deben verificar que:

  • Ningún trabajador a jornada completa perciba menos de 17.094 euros anuales.

  • Los contratos a tiempo parcial respeten el mínimo proporcional.

  • Las categorías salariales inferiores cumplan el nuevo umbral.

2. Cotizaciones a la Seguridad Social

El incremento salarial conlleva:

  • Aumento automático de bases mínimas.

  • Incremento de la cotización empresarial.

  • Posible impacto acumulado en plantillas amplias.

Este efecto debe incorporarse a la planificación financiera de 2026.

Complementos salariales: qué ocurre tras la aprobación

Uno de los debates recientes ha sido la utilización de complementos salariales para alcanzar el SMI.

El criterio jurídico vigente establece que el SMI debe garantizarse en cómputo anual, pudiendo integrarse determinados complementos salariales siempre que:

  • Tengan naturaleza salarial.

  • No sean extrasalariales.

  • No estén vinculados a circunstancias extraordinarias o puntuales.

  • No vulneren lo dispuesto en convenio colectivo.

Por tanto, la empresa puede computar determinados pluses estructurales para alcanzar el mínimo anual, siempre que su naturaleza jurídica lo permita.

La clave está en analizar caso por caso la composición de la nómina y evitar conceptos que no sean computables.

Diferencia entre salario base y SMI

Conviene recordar que:

  • El SMI no obliga a que el salario base sea de 1.221 euros.

  • Obliga a que la retribución anual total alcance el mínimo legal.

No obstante, la coherencia interna de la estructura salarial puede llevar a revisar categorías superiores si se produce solapamiento retributivo.

No afectación automática a otras referencias

El Real Decreto aprobado establece que la nueva cuantía no modifica automáticamente referencias al SMI contenidas en:

  • Normativas autonómicas.

  • Ordenanzas locales.

  • Contratos privados.

Solo se actualizarán cuando así lo disponga expresamente la norma correspondiente.

Este matiz evita efectos indirectos no previstos.

Impacto en autónomos empleadores

Los autónomos con trabajadores a cargo deben integrar la subida en:

  • Su estructura de costes.

  • Sus previsiones de tesorería.

  • Sus liquidaciones de Seguridad Social.

En sectores con márgenes ajustados, la subida puede tener impacto relevante en la cuenta de resultados.

Relación con contratos formativos

En el contrato de formación en alternancia, la retribución se calcula en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Sin embargo, nunca puede situarse por debajo del mínimo legal proporcional correspondiente.

Las empresas deberán comprobar que:

  • La jornada está correctamente distribuida.

  • La retribución respeta el nuevo SMI.

  • No existen desviaciones tras la actualización.

Inspección y control

La Inspección de Trabajo suele prestar especial atención a:

  • Cumplimiento del salario mínimo.

  • Correcta cotización.

  • Uso adecuado de complementos.

  • Regularización retroactiva.

Una aplicación correcta desde el inicio reduce riesgos de actas y sanciones.

Qué deben revisar ahora las empresas

Tras la aprobación definitiva, resulta recomendable:

  1. Revisar nóminas de enero y febrero.

  2. Ajustar contratos afectados.

  3. Regularizar diferencias salariales.

  4. Recalcular bases de cotización.

  5. Verificar complementos salariales.

  6. Analizar impacto presupuestario anual.

La revisión preventiva evita contingencias futuras.

Implicaciones estratégicas

Más allá del cumplimiento inmediato, la subida del SMI 2026 obliga a:

  • Replantear escalas salariales.

  • Analizar rentabilidad por puesto.

  • Optimizar organización interna.

  • Revisar modalidades contractuales.

  • Evaluar impacto en costes estructurales.

La planificación ordenada permite absorber el impacto con mayor estabilidad.

La subida del Salario Mínimo Interprofesional a 1.221 euros mensuales en 14 pagas ya es definitiva y tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026. Su aplicación correcta exige una revisión técnica de nóminas, cotizaciones y estructuras salariales.

El cumplimiento no se limita a ajustar cifras, sino a garantizar que la retribución anual respeta el mínimo legal y que los conceptos salariales están correctamente estructurados.

En Grupo Albatros acompañamos a empresas y asesorías en la correcta aplicación de la normativa laboral, revisando contratos, estructuras salariales y obligaciones de cotización con seguridad jurídica y visión preventiva.

En Grupo Albatros ayudamos a las empresas a cumplir con sus obligaciones legales y formar a sus equipos mientras optimizan recursos
Centro de Formación y Consultoría Legal
Compartir entrada :