Contratos formativos 2025: qué cambia con el nuevo reglamento y por qué el contrato de formación en alternancia será clave para las empresas

El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo reglamento que desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, completando el marco formal de los contratos formativos que quedó pendiente desde la reforma laboral de 2021. Con este Real Decreto, el Gobierno busca ordenar el uso de estas modalidades, reforzar su contenido formativo y asegurar que exista una verdadera relación entre aprendizaje y trabajo.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, resumió así el objetivo del nuevo marco:

«Se acabó poner cafés, pagar con propinas o sustituir trabajadores a través de becarios. Los contratos formativos deben servir realmente para formar y modernizar el tejido productivo».

Estas declaraciones no son anecdóticas. Marcan la dirección de la norma: más control, más trazabilidad y menos espacio para usos indebidos en contratos de prácticas

Nuevos límites: cuántos contratos formativos puede tener cada centro de trabajo

El Real Decreto introduce un límite máximo de contratos formativos simultáneos por centro de trabajo:

  • Hasta 10 trabajadores → máximo 3 contratos formativos

  • De 11 a 30 trabajadores → máximo 7

  • De 31 a 50 trabajadores → máximo 10

  • Más de 50 trabajadores → máximo el 20% de la plantilla (tope 30)

Estos límites afectan tanto al contrato de formación en alternancia como al contrato de práctica profesional. La intención del legislador es clara: asegurar que haya recursos reales para tutorizar y formar a cada persona contratada.


Dos modalidades formativas, pero con funciones muy distintas

El reglamento reafirma la existencia de dos tipos de contrato formativo, cada uno con un propósito claramente definido.


Contrato de Formación en Alternancia 

Es la modalidad que el Gobierno quiere impulsar y la que, según la propia ministra, «es la que más se quiere en Europa».

Está destinada a quienes aún están formándose (FP, universidad o especialidades del SEPE) y combina:

  • Trabajo remunerado + formación

  • Entre 3 meses y 2 años

  • Jornada adaptada al aprendizaje (65% primer año, 85% segundo)

  • Sin horas extras ni nocturnidad

  • 100% bonificable en formación

  • Plan formativo individual obligatorio y convenio empresa-centro educativo

Es, por tanto, el contrato más estructurado, más tutelado y más alineado con la formación dual europea.


Contrato para la Obtención de Práctica Profesional

Dirigido a personas tituladas que buscan su primera experiencia:

  • Entre 6 y 12 meses

  • Dentro de los 3 años posteriores a la titulación (5 años con discapacidad)

  • Retribución según convenio

  • Permite periodo de prueba

  • No siempre incluye formación oficial vinculada

Aunque sigue siendo útil, el nuevo reglamento exige mayores controles para evitar usos inadecuados y garantizar su carácter formativo real.


Tutoría, seguimiento y trazabilidad: el núcleo del nuevo reglamento

La norma establece obligaciones muy estrictas en cuanto a:

  • Plan formativo individual

  • Identificación de la persona tutora

  • Convenio de colaboración empresa-centro educativo

  • Evaluación periódica y documentación trazable

El objetivo es evitar cualquier uso “laboral” encubierto, asegurar que la formación existe y proteger tanto a la empresa como al trabajador ante inspección.


Por qué el Contrato de Formación en Alternancia será la opción más estable para las empresas en 2025

Con los nuevos requisitos, el CFA se convierte en la opción que mejor encaja con el marco legal y con las declaraciones de Trabajo:

Mayor seguridad jurídica

Está diseñado desde el principio como un modelo dual, con formación acreditada y supervisada.

Más facilidad de cumplimiento ante Inspección

Todo se documenta: tutorías, convenios, progreso formativo… lo cual reduce riesgos.

Económicamente más eficiente

La formación está 100% bonificada y la jornada está modulada para permitir aprendizaje real.

Es la modalidad priorizada por el Gobierno

La propia ministra lo ha dejado claro:

«El contrato en alternancia es el que moderniza el tejido productivo».

Ayuda a combatir el fraude en prácticas

Al exigir formación oficial, convenios y límites estrictos, se minimiza el riesgo de situaciones de “falsos becarios”.


Conclusión: un sistema más claro… que exige planificación

El reglamento fija un sistema más ordenado, con límites, controles y requisitos formativos muy concretos. Las empresas que necesiten incorporar talento joven deberán:

  • Revisar cuántos contratos formativos pueden tener

  • Elegir la modalidad adecuada (y el CFA será, en la mayoría de casos, la óptima)

  • Coordinar formación, tutorías y documentación

  • Suscribir convenios con centros formativos acreditados

El contrato de formación en alternancia emerge así como la modalidad más completa, segura y eficiente para 2025.

 

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