Obligación de evaluación de riesgos laborales en el empleo del hogar 2025

Obligación de evaluación de riesgos laborales en el empleo del hogar 2025
A partir del 14 de noviembre de 2025, entra en vigor el Real Decreto 893/2024, que regula la protección de la seguridad y salud de las personas empleadas del hogar.
Por primera vez, los empleadores domésticos estarán obligados a evaluar los riesgos laborales y garantizar condiciones de trabajo seguras en el entorno familiar.
Esta nueva normativa supone un avance histórico en derechos laborales para este colectivo, equiparándolo al resto de trabajadores en materia de prevención de riesgos.
¿A quién afecta esta norma?
A todas las personas físicas que contraten a una empleada o empleado del hogar, independientemente de su jornada o tipo de contrato (por horas, internas, media jornada, etc.).
Desde el 14 de noviembre de 2025, cualquier empleador deberá:
Evaluar los riesgos del entorno en el que trabaja la persona empleada.
Adoptar medidas preventivas adecuadas.
Informar y formar al trabajador o trabajadora sobre los riesgos detectados.
En otras palabras, el hogar familiar pasa a considerarse un entorno laboral regulado desde el punto de vista preventivo.
Principales obligaciones del empleador
El Real Decreto detalla una serie de medidas que deberán aplicarse obligatoriamente:
Evaluación de riesgos laborales en el domicilio, considerando tareas como limpieza, cocina, planchado o manipulación de productos químicos.
Planificación de la actividad preventiva, con medidas, responsables y plazos definidos.
Información y formación a la persona trabajadora sobre los riesgos y las medidas adoptadas.
Entrega de equipos de protección individual (EPI) cuando sea necesario.
Vigilancia de la salud, mediante reconocimientos médicos gratuitos y voluntarios.
¿Cómo cumplir con esta obligación?
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha puesto en marcha la herramienta gratuita Prevencion10.es, que incorpora el nuevo servicio “Evalúa-t Hogar”.
A través de esta plataforma, cualquier empleador puede generar fácilmente tres documentos oficiales:
Evaluación de riesgos laborales.
Plan de actividad preventiva.
Documento informativo para la persona trabajadora.
No se necesitan conocimientos técnicos: el asistente guía paso a paso y permite guardar la documentación firmada.
Además, el INSST ofrece un teléfono gratuito de ayuda: 900 202 023.
¿Qué ocurre si se detectan riesgos?
Si la evaluación revela riesgos significativos —por ejemplo, eléctricos, ergonómicos o químicos— el empleador debe implantar medidas correctoras inmediatas.
En casos más complejos, se recomienda acudir a un servicio de prevención ajeno o consultoría especializada, que asesore de forma personalizada sobre cómo cumplir con la normativa sin incurrir en sanciones.
Plazos y posibles sanciones
El plazo límite para cumplir con esta obligación es el 14 de noviembre de 2025.
Aunque todavía no se han especificado sanciones concretas, el incumplimiento podría derivar en responsabilidad del empleador en caso de accidente, e incluso en sanciones si se demuestra falta de diligencia preventiva.
Cumplir a tiempo es, por tanto, la mejor garantía para evitar problemas legales y proteger tanto a la persona empleada como al propio empleador.
¿Por qué es importante cumplir?
Muchos hogares en España emplean personal doméstico, pero desconocen sus nuevas obligaciones legales.
Con esta norma, el Gobierno busca equiparar los derechos de las personas empleadas del hogar con los del resto de trabajadores, y fomentar una cultura de prevención también dentro del ámbito familiar.
Realizar la evaluación no solo es obligatorio, sino también una muestra de responsabilidad y respeto hacia quienes trabajan en nuestros hogares.
Recomendaciones finales
Realiza la evaluación antes del 14 de noviembre de 2025.
Guarda toda la documentación firmada y actualizada.
Entrega copia del documento a la persona empleada.
Si detectas riesgos o tienes dudas, busca asesoramiento especializado.
Consulta Prevencion10 en caso de necesitar soporte
