¿Cómo bonificar un contrato de formación en alternancia?

El contrato de formación en alternancia se ha convertido en una de las vías más utilizadas para incorporar talento joven con un coste laboral más asumible y, a la vez, con una lógica de cualificación real. Pero para que sea una opción rentable y jurídicamente segura, hay una parte que marca la diferencia en la práctica: aplicar correctamente las bonificaciones en la Seguridad Social y, cuando proceda, la bonificación por tutorización.

En asesorías laborales y departamentos de RR. HH., muchas incidencias no vienen del contrato en sí, sino de detalles operativos: altas en Sistema RED sin el beneficio indicado, falta de requisitos previos (empresa o persona contratada), o una gestión de la formación que no deja trazabilidad suficiente.

En esta entrada explicamos qué se puede bonificar, qué requisitos deben cumplirse y cómo se aplica la bonificación paso a paso, con un enfoque práctico pensado para empresas y asesorías.

Qué se bonifica en el contrato de formación en alternancia

La idea base es sencilla: el contrato permite aplicar beneficios en la cotización a la Seguridad Social durante su vigencia, siempre que se cumplan los requisitos legales y se haga el alta correctamente.

En la práctica, se habla de dos bloques principales:

  • Bonificación principal sobre la cotización del contrato.

  • Bonificación adicional por tutorización, cuando corresponde.

Los importes concretos y su aplicación pueden depender del régimen vigente y de la fecha de alta del contrato (hay diferencias entre contratos anteriores y posteriores a determinados cambios normativos, tal y como recogen guías sectoriales).

Además, el marco actual de bonificaciones se encuadra en el régimen de incentivos a la contratación laboral recogido en el Real Decreto-ley 1/2023, que reformula la lógica general de incentivos.

Requisitos para que una empresa pueda bonificar el contrato

Antes de hablar de pasos técnicos, conviene asegurar que se cumplen los requisitos “de base”, porque las bonificaciones no son automáticas: dependen de que el contrato sea válido y de que la empresa y la persona contratada cumplan condiciones.

De forma general, en el entorno de contratos de formación se repiten estos criterios prácticos:

1) La empresa debe estar al corriente

Para aplicar incentivos es habitual que se exija que la empresa no tenga deudas con la AEAT o con la Seguridad Social, y que no esté excluida del acceso a beneficios por sanciones o incumplimientos.

2) La persona trabajadora debe cumplir requisitos del contrato formativo

Más allá de la bonificación, el contrato en alternancia exige que la persona cumpla las condiciones del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores y su desarrollo reglamentario: que exista alternancia real de trabajo y formación, y que no se trate de alguien que ya tenga una cualificación oficial que “neutralice” la finalidad formativa para ese puesto.

En 2026, además, el desarrollo reglamentario refuerza la importancia del componente formativo: plan individual, tutoría, seguimiento y coordinación con el centro formativo.

3) Demanda de empleo y condiciones para bonificación

En muchas guías sectoriales se insiste en un requisito operativo clave: para acceder a bonificación, suele exigirse que la persona esté inscrita como demandante de empleo, con demanda activa o actualizada.

4) Control de incompatibilidades y contrataciones previas

También es frecuente que existan reglas para evitar encadenamientos o usos indebidos: límites si la persona ya ha estado contratada en la misma empresa durante un periodo previo o si procede de determinadas contrataciones recientes.

Estas condiciones no se revisan “al final”: conviene verificarlas antes del alta, para evitar incidencias, regularizaciones o pérdida del incentivo.

Cuánto se puede bonificar

Aquí conviene ser precisos y prudentes: los importes pueden variar según la fecha de alta del contrato y el régimen aplicable, pero las guías técnicas del sector describen un esquema recurrente:

  • Bonificación principal aplicada sobre la cuota correspondiente, con cuantías mensuales concretas en función del modelo vigente.

  • Bonificación adicional por tutorización, que suele diferenciarse por tamaño de plantilla y se orienta a compensar el seguimiento formativo.

Lo importante para empresa y asesoría no es memorizar cifras sueltas, sino entender la lógica:

  • hay una bonificación principal ligada al contrato,

  • puede haber una bonificación extra si se tutoriza,

  • y todo debe cuadrar con el alta correcta y con los requisitos formativos reales.

Cómo bonificar el contrato paso a paso

La bonificación se “gana” por cumplir requisitos, pero se “pierde” en la práctica si el alta y la comunicación se hacen mal. Por eso, el paso a paso operativo es lo que más valor aporta.

Paso 1) Formalizar el contrato correctamente y vincularlo a formación real

Antes de tocar Sistema RED, el contrato debe estar correctamente formalizado y acompañado por su dimensión formativa: plan formativo individual, tutoría, coordinación con el centro formativo y seguimiento. Esto es especialmente importante tras el desarrollo reglamentario, que refuerza obligaciones de ejecución real.

Paso 2) Alta en Seguridad Social indicando el derecho al beneficio

En la práctica, el momento crítico es el alta en Sistema RED. Diversas guías técnicas insisten en que, para que se aplique la bonificación, hay que marcar el derecho al beneficio en el alta y consignar correctamente los campos correspondientes.

Este punto es decisivo: si el alta entra sin el beneficio, luego aparecen incidencias que obligan a subsanar y, en ocasiones, a rehacer parte del proceso.

Paso 3) Configurar correctamente el programa de nóminas

El siguiente punto operativo es la nómina. En muchos casos, el programa debe reflejar que el contrato tiene derecho a bonificación, activando las casillas o parámetros específicos para que la liquidación sea coherente con el alta y con la modalidad contractual.

Paso 4) Aplicar, si procede, la bonificación por tutorización

La bonificación por tutorización no se entiende como un “extra automático”, sino como un incentivo vinculado al seguimiento formativo. A nivel práctico, esto implica tener claro:

  • quién tutoriza,

  • cómo se registra el seguimiento,

  • y que la empresa puede justificar que la tutorización existe (aunque sea con evidencias sencillas y realistas).

Paso 5) Mantener la trazabilidad documental durante la vigencia

Este es el gran cambio cultural: un contrato de formación no es un “contrato barato”; es un contrato que debe poder acreditarse. Si la empresa no puede demostrar alternancia real y seguimiento, se debilita todo el esquema de incentivos.

Por eso conviene mantener una carpeta mínima de control: plan formativo, tutor/a asignado, evidencias de seguimiento, evaluaciones o hitos.

Qué errores cometen más las empresas y cómo evitarlos

Hay patrones que se repiten:

1) Dar de alta sin el beneficio indicado

Es el fallo más común y el más fácil de evitar. La recomendación práctica es revisar el alta antes de enviarla: condición de desempleo (si aplica), beneficios y casillas de bonificación.

2) No verificar la demanda de empleo

Si la persona no tiene demanda actualizada, la bonificación puede no ser aplicable según criterios habituales recogidos en guías técnicas.

3) Tratar la formación como un trámite “externo”

En el contrato de alternancia, la formación es estructural. Si no hay coherencia entre puesto y formación, o si no existe seguimiento real, el contrato se gestiona con fricción y la empresa pierde control.

4) No preparar una carpeta mínima de evidencias

No hace falta burocratizar, pero ayuda tener:

  • plan formativo,

  • designación de tutor/a,

  • calendario aproximado de seguimiento,

  • registro básico de tutorías/evaluación.

Enfoque práctico para asesorías laborales

Si eres asesoría, este tema es una oportunidad clara para aportar valor, porque la empresa cliente suele pedir dos cosas:

  • Ahorro y seguridad en costes laborales.

  • Cero fricciones en la gestión (alta, nómina, formación, seguimiento).

Un método sencillo que funciona bien es estandarizar:

  • checklist de requisitos previos,

  • plantilla de documentación formativa mínima,

  • guía operativa del alta en RED y configuración de nómina,

  • revisión mensual/trimestral de incidencias (bonificación aplicada correctamente, tutorización, evidencias).

Esto reduce consultas reactivas y mejora el servicio.

Bonificar un contrato de formación en alternancia exige rigor en tres puntos:

  1. requisitos previos,
  2. alta correcta en Sistema RED,
  3. ejecución real del componente formativo.

 

Cuando esos tres elementos están bien gestionados, la bonificación deja de ser un “beneficio teórico” y se convierte en una herramienta útil para incorporar talento y ordenar procesos internos.

En Grupo Albatros estamos especializados en la formación teórica del contrato de formación en alternancia, un elemento clave para que esta modalidad funcione con sentido y con seguridad en la práctica. Además, ofrecemos asesoramiento profesional a empresas y asesorías sobre la gestión y bonificación de estos contratos, ayudando a aplicar el incentivo correctamente, evitar incidencias administrativas y mantener el control documental necesario durante toda la vigencia del contrato.

En Grupo Albatros ayudamos a las empresas a cumplir con sus obligaciones legales y formar a sus equipos mientras optimizan recursos
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