Reforma del registro horario digital en 2025: ¿qué cambiará aunque no se apruebe la jornada de 37,5 horas?

¿Por qué se reformará el registro horario aunque no avance la jornada de 37,5 horas?
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha confirmado que la reforma del registro horario digital será aprobada por real decreto en 2025, incluso si no se consigue avanzar en la reducción de la jornada laboral semanal a 37,5 horas.
Así lo declaró Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno, al defender la necesidad de reforzar el control efectivo de las horas trabajadas en España.
Esta medida responde a dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que instan a España a implantar un sistema de registro horario digital, veraz, objetivable e interoperable, y a incluirlo expresamente en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué implicará esta reforma del registro horario digital para las empresas?
La reforma afectará a todas las empresas, independientemente de su tamaño o sector, y busca corregir deficiencias del modelo actual, vigente desde el Real Decreto-ley 8/2019.
Según el Ministerio, muchas organizaciones siguen utilizando sistemas fácilmente manipulables, como fichajes en papel, plantillas firmadas en blanco o registros sin verificación. Estas prácticas serán expresamente sancionadas.
Entre ellas:
Fichaje automático sin control real
Registros no accesibles al trabajador
Manipulación posterior de entradas y salidas
¿Qué nuevas obligaciones tendrán las empresas?
Requisitos técnicos obligatorios
Las empresas deberán:
Implantar sistemas digitales homologables, con registros automáticos y auditables
Garantizar el acceso individual y colectivo a los datos de jornada
Formar a sus empleados en el uso del sistema
Conservar los registros durante al menos 4 años
Revisión de políticas internas
Será necesario actualizar protocolos de jornada y turnos, especialmente en contextos de teletrabajo, trabajo híbrido y horarios flexibles.
En caso de incumplimiento, la LISOS prevé sanciones de hasta 7.500 euros por trabajador.
¿Por qué esta medida genera preocupación en las empresas?
Aunque la reducción de jornada sigue en debate, el registro horario se ha convertido en la prioridad inmediata del Gobierno.
Desde el Ministerio se señala que la oposición de la CEOE no está tanto en las 37,5 horas semanales, sino en el mayor control del tiempo efectivo de trabajo, incluyendo pausas y horas extra.
El nuevo sistema busca garantizar la trazabilidad real de la jornada laboral y evitar fraudes derivados de la falta de control.
¿Cómo deben prepararse las empresas?
Para adaptarse al nuevo marco, las empresas deberán:
Revisar su sistema actual de fichaje: si se usan plantillas en papel o herramientas sin control digital, es momento de actualizarse
Evaluar soluciones digitales adaptadas a su tamaño y sector
Documentar el protocolo de fichaje con instrucciones claras
Establecer políticas de conservación segura de los registros
Formar e informar a empleados sobre sus derechos y deberes en relación al control horario
¿Qué cambios específicos incluye la reforma del registro horario?
1. Registro digital, verificable y no modificable
El sistema deberá:
Generar registros inmediatos y sellados al inicio y final de jornada
Impedir cualquier modificación sin trazabilidad
Estar accesible en tiempo real para el trabajador y sus representantes
Estar disponible durante 4 años para la Inspección de Trabajo
2. Eliminación de registros en papel
Se prohíben las plantillas firmadas manualmente o sistemas sin soporte digital, salvo excepciones como el trabajo rural o situaciones sin conectividad.
3. Acceso garantizado al trabajador
Cada trabajador tendrá acceso inmediato y permanente a su registro horario. Estos datos deberán entregarse periódicamente, por ejemplo junto con la nómina.
4. Integración con nómina y control de horas extra
La Inspección podrá cruzar registros de jornada, nómina y horas extraordinarias para detectar incoherencias o fraudes con mayor rapidez.
¿Por qué se aprueba esta reforma por decreto?
Según el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, el Gobierno puede regular el registro horario mediante real decreto, sin necesidad de pasar por el Parlamento.
El Ministerio ha optado por esta vía para garantizar la entrada en vigor, incluso si no hay acuerdo sobre la jornada.
Además, responde a los pronunciamientos del TJUE, que exigen sistemas más robustos y digitalizados como garantía de derechos laborales.
¿Qué incluirá el real decreto?
Registro horario digital obligatorio, preciso y accesible
Modificación del Estatuto de los Trabajadores según criterios europeos
Obligación de registrar inicio, fin y pausas de la jornada laboral
Multas de hasta 10.000 euros por trabajador si se incumple la normativa
¿Qué pasa con la jornada laboral de 37,5 horas?
El anteproyecto de mayo de 2025 contempla esta reducción sin merma salarial, pero no avanza por falta de consenso parlamentario.
El Gobierno ha decidido priorizar el control horario, que forma parte del mismo paquete legislativo.
Yolanda Díaz ha dejado claro:
“Si no hay acuerdo para la jornada, sí lo habrá para el registro.”
Claves de la reforma y reacciones
Aspectos legales y técnicos
Entrada en vigor en 2025 por real decreto
Obligatoriedad para todas las empresas
Registro digital, fiable, accesible y verificable
Sanciones y riesgos
Hasta 7.500 euros por trabajador por infracción grave
Inspección podrá cruzar datos con Seguridad Social y nóminas
Riesgo reputacional en caso de denuncias o sanciones públicas
Reacciones del mercado
Empresas tecnológicas ven una oportunidad para expandir herramientas digitales
Sindicatos reclaman mayor control sobre ETTs y plataformas
Despachos laborales anticipan más auditorías internas antes de la entrada en vigor
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